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Línea RRLL + IA · Píldora 05

Cuando el que te controla el rendimiento es un sensor, no un supervisor.

El control no desapareció: cambió de forma. Y esta es, probablemente, la píldora con menos competencia de contenido regional de toda la serie.

Lectura · Panel 1 de 4

Lo que ya regula la ley, sin haber pensado en un sensor

Durante mucho tiempo, si un supervisor te controlaba de más, había algo muy concreto que hacer: hablarlo con él, quejarte a su jefe, plantearlo en una reunión. ¿Pero qué hacés cuando el que te mide, todo el tiempo, sin pausa, es un sensor prendido a tu cuerpo o a la máquina que usás? El control no desapareció. Cambió de forma. Y esta es, probablemente, la píldora con menos competencia de contenido regional de toda la serie — porque casi nadie en Misiones está hablando todavía de dónde termina el control razonable y dónde empieza la vigilancia invasiva.

Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT). Es el conjunto de variables que determinan la situación en la que una persona realiza su trabajo: las condiciones físicas, la organización de las tareas, los riesgos a los que está expuesta y los factores psicosociales que inciden en su salud y su rendimiento. No es solo "seguridad e higiene" en el sentido de cascos y matafuegos: incluye también cómo se organiza y cómo se controla el trabajo.

Lo interesante es que Argentina ya tiene, desde hace más de cuatro décadas, una ley pensada para el control del trabajador — sin haber imaginado nunca un sensor de fatiga o un wearable biométrico. Los artículos 70 a 72 de la Ley de Contrato de Trabajo regulan los sistemas de controles personales, y en 2016 la Ley 27.322 les agregó algo que hoy resulta llamativamente vigente para la era de la IA:

  • Art. 70 LCT: los sistemas de control deben salvaguardar la dignidad del trabajador, practicarse con discreción y aplicarse por medios de selección automática destinados a la totalidad del personal — no de forma selectiva o discriminada. Un sistema que se instala solo para ciertos puestos o ciertas personas, sin un criterio general parejo para todo el equipo, ya tiene un problema de origen.
  • Art. 71 LCT (reformado por Ley 27.322, 2016): el empleador debe poner en conocimiento del trabajador la existencia de cualquier sistema de control. Un wearable, una app de geolocalización o un sistema de IA que mide productividad en tiempo real son, ni más ni menos, sistemas de control — instalarlos sin avisar formalmente no es una zona gris tecnológica, es un incumplimiento directo de una norma que ya existe.
  • Art. 72 LCT: la autoridad de aplicación puede verificar de oficio que los sistemas de control no afecten de forma manifiesta y discriminada la dignidad del trabajador — un canal formal de fiscalización que no depende solo de que el trabajador se anime a reclamar.
  • Ley 19.587, Higiene y Seguridad en el Trabajo (art. 4°, inc. a): fija como objetivo proteger la vida y preservar la integridad psicofísica de los trabajadores — no solo la física. Nunca fue reglamentada de forma específica para riesgos psicosociales: todo lo reglamentado desde 1972 refiere a aspectos físicos.

El artículo 70 no habla de "cámaras" ni de "sensores": habla de "sistemas de controles personales", una categoría lo suficientemente amplia como para incluir cualquier tecnología de monitoreo, presente o futura. No hace falta esperar una ley nueva y específica sobre IA para exigir que un sistema de monitoreo cumpla con dignidad, discreción, aplicación uniforme y aviso previo — la norma ya está.

Qué hace hoy un sensor que antes hacía un supervisor. El monitoreo de rendimiento con sensores y wearables ya se usa en distintos sectores de la región: en una minera chilena, chalecos con sensores biométricos que detectan señales de fatiga en tiempo real lograron reducir en un 30% los accidentes por cansancio en un año, reemplazando los reportes de seguridad en papel por alertas inmediatas a supervisores. En un centro logístico español, el monitoreo en tiempo real con IA redujo en un 55% las colisiones con montacargas, con alarmas automáticas cuando un peatón entraba a una zona de riesgo. Son ejemplos que muestran el lado más defendible de esta tecnología: prevenir accidentes reales, no solo medir productividad.

Estos dos ejemplos combinan seguridad con vigilancia, y esa combinación es exactamente lo que hace compleja esta píldora. Un sensor que detecta fatiga para prevenir un accidente es, en principio, deseable — hasta para el propio trabajador. El mismo sensor, con los mismos datos, puede usarse también para medir y sancionar rendimiento. La tecnología no distingue entre esos dos usos: la distinción la tiene que trazar una persona, con criterio normativo, no el sensor.

Los sistemas típicos combinan tres capas: sensores instalados en el entorno (máquinas, aire, temperatura), wearables que la persona lleva puestos (pulseras, chalecos, cascos inteligentes) y una plataforma central que analiza los datos y genera alertas o reportes. Esa arquitectura es, en los hechos, un sistema de control personal en el sentido del artículo 70 de la LCT — aunque nadie en la empresa lo haya pensado con ese nombre.

Caso: el chaleco que nadie avisó. Una planta de procesamiento de yerba mate o té en la zona de Eldorado incorpora chalecos con sensores para el personal de playa de carga, que miden esfuerzo físico, temperatura corporal y tiempo de exposición al sol, con el objetivo declarado de prevenir golpes de calor. La decisión se toma en un comité de seguridad y se distribuye directamente a los trabajadores del sector, sin una comunicación formal previa sobre qué datos se recolectan ni con qué otro fin se van a usar. Más allá de la buena intención, el procedimiento nace con dos incumplimientos concretos: no hubo aviso formal, previo y claro (art. 71 LCT), y el sistema se instaló solo para un sector, sin un criterio explícito de por qué ese sector y no otros con exposición similar (aplicación no uniforme, en tensión con el art. 70). Quien gestiona bien este proceso no frena la medida —tiene un objetivo legítimo—, sino que la formaliza: redacta y comunica un aviso claro sobre qué mide el sistema, con qué finalidad, quién accede a los datos, y revisa si el criterio de selección del sector tiene una justificación objetiva que se pueda sostener frente a cualquier reclamo.

Caso: la fatiga que el sistema marcó como bajo rendimiento. Un operario de una línea de producción semi-automatizada trabaja con un sistema que mide su ritmo de tareas por hora, comparándolo con un estándar esperado. Durante dos semanas, su rendimiento cae por debajo del estándar de forma sostenida, y el sistema genera automáticamente una alerta de "bajo rendimiento" que llega al supervisor. Lo que el sistema no puede ver es que el operario atraviesa un cuadro de estrés laboral vinculado a una sobrecarga de tareas, combinado con un conflicto personal fuera del trabajo — exactamente el tipo de interacción entre organización del trabajo, condiciones personales y salud que describen los factores psicosociales. Tratar esa caída como un problema disciplinario, cuando en realidad es una señal de riesgo psicosocial, puede agravar la situación de salud de la persona y derivar en una enfermedad profesional reconocible bajo la Ley 24.557. Quien audita bien el proceso no toma la alerta como una sanción automática: la trata como un dato que requiere una conversación humana antes de cualquier consecuencia — la Superintendencia de Riesgos del Trabajo tiene, para esto, una guía específica de intervención psicosocial en espacios laborales.

Los dos casos muestran el mismo punto desde ángulos distintos: en el primero, el problema está en cómo se implementa el sistema de control; en el segundo, en cómo se interpreta lo que ese sistema mide. En los dos, la tecnología no es el problema — es el eslabón humano que falta antes o después del dato el que determina si el sistema termina protegiendo a la gente o exponiéndola.

Por qué esta habilidad blinda tu empleabilidad. Esta es, de las píldoras de la serie hasta acá, la que más rápido va a aparecer en la negociación de nuevos convenios colectivos, precisamente porque casi ningún convenio vigente en Argentina regula todavía de forma explícita el monitoreo algorítmico continuo. Quien entienda, al mismo tiempo, el marco legal ya existente y el vocabulario técnico de esta nueva generación de herramientas está en condiciones de anticiparse a una discusión que recién empieza en el país, en lugar de improvisar una respuesta cuando el conflicto ya estalló.

Glosario vivo — términos que ya empiezan a aparecer en los convenios colectivos:

  • Monitoreo algorítmico continuo: seguimiento permanente del desempeño o la actividad de una persona mediante sistemas automatizados, sin intervención humana en cada medición puntual.
  • Wearable laboral: dispositivo que la persona lleva puesto (pulsera, chaleco, casco) y que capta datos biométricos o de movimiento durante la jornada.
  • Geofencing: delimitación de una zona geográfica virtual que activa una alerta o acción automática cuando alguien entra o sale de ese perímetro.
  • Factor de riesgo psicosocial: condición del trabajo o de su organización que puede afectar negativamente la salud mental o física de quien lo realiza, más allá de los riesgos físicos tradicionales.
  • Transparencia algorítmica: principio según el cual una persona afectada por una decisión de un sistema tiene derecho a entender, al menos en términos generales, qué datos y qué criterios usó ese sistema para llegar a esa decisión.
  • Derecho a la desconexión: posibilidad de una persona de no estar disponible ni monitoreada fuera de su jornada laboral, incluso cuando la tecnología que la empresa usa técnicamente lo permitiría.
Antes de seguir, pensá un caso de pulseras con sensores en un centro de logística y encontrá el problema jurídico de origen — más allá de si la tecnología funciona bien.

Actividad · Panel 2 de 4

Encontrá el problema de origen

Te dejamos un fragmento de un caso real, simplificado. Pensalo antes de ver la respuesta.

Una empresa de logística instala pulseras con sensores de movimiento en el sector de armado de pedidos, con el argumento de optimizar los tiempos de picking. Las pulseras se entregan junto con el uniforme de trabajo, y la nota interna que las acompaña dice: "Estrenamos nueva tecnología para hacer más eficiente el trabajo del equipo". No se menciona qué datos capta el dispositivo ni qué se hace con ellos.

¿Cuál es el problema jurídico de origen, más allá de si la pulsera efectivamente mejora los tiempos de picking?

La pista: no es un problema de eficiencia ni de si la tecnología funciona bien.

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Audio · Panel 3 de 4

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Cierre · Panel 4 de 4

El hilo que sigue

Esta píldora miró las condiciones y el medio ambiente de trabajo. Las anteriores de la serie RRLL + IA miraron la liquidación de sueldos, la selección de personal, la negociación frente a decisiones algorítmicas y la capacitación — ninguna retoma directamente a la otra, pero todas comparten el mismo hilo: cuando la IA entra a decidir sobre personas, ¿quién entiende cómo decide, y quién solo confía en el resultado? Si esto te interesa, en Huellas Misioneras podés formarte para ser quien entiende.

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